Regl. 457, art. 24-51-5

Use de les forms prescrites. 51 Negociado de Contribucide

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 24-51-5

unbre Ingresos suministrard, basts donde fuero posible, copies de las forms prescrites para planillas. Us contribuyente no estand eximido do rendir au pilemills, sin embargo, por ol hecho do que no se 10 bays. suninistrado ningua forms para planille. Los contribuyentes 4. quienes no se suministre las formus adminises debertes solicitarles de un Colector de Rentes Internes o del Negociado de Contribuside subre Ingreese con suficiente *iespo para poder preparar eus planilles, certificaries y rediceries on e entes de in fecha prescrite yers ello. Code contribuyente debe preparar cuidadosemente su planilla de que incluyn complete y clarumente 1a informacida requerida. Las planillas que no heyen sido not preparades so servin corptadas como que cumplen los requisitos estatutarios. A falta do una forms oficial, un estado properedo por el contribuyente reflejendo - Angreeo brute y 100 deducciones dol mismo puedo nespteree COMO USM. plamilla tentative; y at sucre rendido dentro del tiempo preserito, o1 estado saf preparedo releverd al contribuyente do estar aujeto a penalidades, siempre que, sin tardense innecesarie, tal plenilla tentativa see substituíde por use planille heebs en in TOTAL apropiada. Volumen adamin los artículos 53-2 y 53-4. Secoida SR.- PLANILLAS DE CORPORACIONES I SOCIEDADES.-
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