Regl. 457, art. 24-53-1
Fecha para readir plantila, (a) Las planillas do ingrees (excepto
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 24-53-1
on el CASO de individuos extranjeros no residentes, para 10 cual vdage 1a 217,
y corporaciones o sociedades extramjeras, para 10 cual visas la secoida 235) deben
remaires on o enter del dia 15 del ouerto mes siguiente al cierro del allo contributivo.
La planilla do un contribuyente (que no - un individuo extremjero no residente o LANDOL
corporación 9 socieded extragiora no residents) para use parte fraccional de un als,
deberd radicaree en @ entes del dÃa 15 del cuarto DOB siguiento al cierre de 1a parte
fraccional del als, salvo que, al demostrar el contribuyente 1a existencia de circumstencins excepcionales, el Secretario puede prescribir use fecha posterior para 1a
radicación de la planille.
(b) Use corporación o scoleded que vaya a liquidacida durante cualquier allo
contributive, puede, al completer disha liquidación, preparar use planilla para 080
allo incluyendo el ingreso para aqualla parts del also durante la cual esturo dediceds
a negocios y puedo insediatemente redicar dicha plenilla ente el Decretario. Venno
tenbida la sección 148(a) y (a).