Regl. 457, art. 24-53-1

Fecha para readir plantila, (a) Las planillas do ingrees (excepto

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on el CASO de individuos extranjeros no residentes, para 10 cual vdage 1a 217, y corporaciones o sociedades extramjeras, para 10 cual visas la secoida 235) deben remaires on o enter del dia 15 del ouerto mes siguiente al cierro del allo contributivo. La planilla do un contribuyente (que no - un individuo extremjero no residente o LANDOL corporación 9 socieded extragiora no residents) para use parte fraccional de un als, deberd radicaree en @ entes del día 15 del cuarto DOB siguiento al cierre de 1a parte fraccional del als, salvo que, al demostrar el contribuyente 1a existencia de circumstencins excepcionales, el Secretario puede prescribir use fecha posterior para 1a radicación de la planille. (b) Use corporación o scoleded que vaya a liquidacida durante cualquier allo contributive, puede, al completer disha liquidación, preparar use planilla para 080 allo incluyendo el ingreso para aqualla parts del also durante la cual esturo dediceds a negocios y puedo insediatemente redicar dicha plenilla ente el Decretario. Venno tenbida la sección 148(a) y (a).
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