Regl. 457, art. 24-56(c)-1
Declaración conjunts de esposo y esposs. (a) Un espono
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 24-56(c)-1
y au esposa que opten por acogerse a les disposiciones sobre la declaración de
contribución estimado deberán rendir use declaración conjunts oi catén viviendo
juntos a in feeha prescrite para 10 redicación de la declaración. No puado baseras declaration conjunts de osposo If espose cuendo uno de Los edayuges es un individuo no residente.
(b) La declaración conjunts. de un esposo y espose, cuando no sub books por
wa agents, deberd becoree y finares por el espeso. En susencia dol esposo diene
declaración conjunts. puedo ser firmeda por la espose. S1 la firma un ageate
(véase el artÃculo 51-2), is autorisación para octuar COMO tal debord acompollerse
a la declaración. La persons (ue estate COMO agento de los edayuges asumind, coajuntemento con datos, 1a responsabilidad por la preparación de la declaración a
incurrird on Las penalidades estipuladas para el caso de declaraciones erróneas,
falsas 4b fraudulentes.
Secoida 18.- DECLARACION DE CONTRIBUCION ESTIMADA POR INDIVIDUOS.- ...
(a) Fecha DATE Hondir.-