Regl. 457, art. 24-58(b)-2
Uso de las forms prescrites. Hasta donde fuere posible,
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 24-58(b)-2
00 provecrá n los contribuyentes de Las formas prescrites. Sin cabargo, un contribuyante no estard relevado de 1a obligation de rendir Bu declaración por cl becho
de que no BC 10 heye entregado ninguno forms. Los contribuyentes (18 DO reciben
las formas apropiades, deberen solicitarlas al colector de rentas internes o del
Negociado de Contribusida acore Ingresos can enticipación suficiente para poder
proparer sus declaraciones, finaries y redicarles ante el colector de runtes internes
0 el Magocindo de Contribución sobre Ingresos en o eates do la fecha de vencimiento.
Cada contribuyents deberá preparar su declaración cuidadosemente, do modo que alla COBtengs on forms complete y clara la information que - solicita. 01 la forms prescrite
tao 00 halla disponible, USA informe contentive del total de su contribucida estimada
sobre ingreson, de sus créditos estimados y de Bill contribución estimada luego de
deducir dichos erdditos, puede accptares como una declaración tentativa, y at DO
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rinde dentro dal tiempo prescrito, accompalido del pago requerido por el plazo
do (ue Be trate, el informe ast rendido relevant al contribuyente de penalidades,
siempre que sin domoro innecesaria tal declaration tentativa cea suplementeda
por ups declaración beebe on la forms apropiada.
Secoida 50.- LEGLARACION DE CONTRIBUCION ESTIMADA POR INDIVIDUOS.- * .
(o) Espaso 7 Espose.-