Regl. 457, art. 272-294-1

Adiciones a la contribusidn. (a) In general. La seceidn 294 (a)

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 272-294-1

dispone para determinadas adiciones a in contribución en el CBSO do- (1) Dejar de rendir una declaración de contribucidn estimada dentro del termino prescrito; (2) Dejar de pagar, dentro del termino preserite, cualquier plano de La contribucida estimada declarada; y (3) Hacer un estimado sustancialmente bejo de 1s contribucida estimada. Satus adictones a la contribucida son adems de caalesquiers otems annoiones pennles aplicables. (b) Adiciones por incumplimiento específico de parte del contribuyente con respecto a la contribución estimada. (1) Dejar de rendir declaración. (t) La sección 294(d)(2)(A) dispone use adicida a la contribucida en el CRSD de dejar de rendir una declaración de contribución estimada dentro del termino preserito, a ISSUE que as demostrare, a satisfaceido del Secretario, que dicha omisida se debid a cause resonable y no a descuido voluntario. Eata adición a 1a contribución serd una contidad igial al 5 your ciento de 1a. cantidad no pagada de cade plazo y ademis el 2 por ciento de la contided no pagada del plaso por code nos (excepto el primer me) 0 fracetda de mes durante el cual esta contided permaneciere sin pogar. Esta adición a la contribucida con respecto a cualquier plazo vencido pero no pagado, no excederd del 10 por ciento de la parte no pagada de tel plano. Para los fines de la seceidn 294(a)(1) (A) La cusntife 7 fecha de vencimiento de cade plazo serds las ulems que at la declametdn hubiere side rendide dentro del termino preserito declarendo una contribución estimada 1gaml & 1a contribucida corrects reducide por los créditos por concepto de la contribucida retenida en el origen. 641 (11) La aplicacida de 1a sección 294(d)(1)(A) en el case & contribuyentes que no tengen derecho a optar bajo la seceidn 60(a), relative a Los agricultores, puede ser flustrade mediante el siguiente ejemplo: Bjempla: Un individuo rindid une declaración el 15 de mayo de 1955 para e2 año natural 1955 declarando una contribución estimada de $1,400 y pagd plases de $350 CILda uno el 15 de mayo, el 15 de junio y el 15 de septicabre de 1955 If of 15 as enero de 1956. AL conputer su contribucida entimada, correctemente estima on $1,000 el nonto de la contribucido sobre sus selarios que debfa retenfrsele en el origen para 1955. 21 15 de abril de 1956 rindid ou plantlla (Forms 480) declarendo une contribucion correcta de $4,000 7 pagd el balance de la contribucidn adeudada, $1,600 ($4,000 assos la summ de $1,400 use $1,000). E1 examen de as planilla reveld que an ingreso total constatid de un sueldo regular, dividendos e intereses. La tardense en la radicación de su declaración no se debid a cause resoumble. in consecuencia, el individuo estd sujeto a la penalided impuesta your la seccida 294(d)(1)(A). Bajo los bechos presumidoe, los planos de la contribución en la cuanta de $750 cade uno vencfen y eran pagaderos el 15 de abril, el 15 & junio y el 15 de septiembre de 1955 y el 15 de enero de 1956, esto es, una cuarte parte de $3,000, el balance de in contribucion corrects restante, despude de tomar en consideracida 1a cantidad retenida on el origen subre sus salarios. La cusntife total del plano de abril de $750 permanecid pendiente de pago durante un mens $400 del atomo plazo durante once meses adicionales; $400 del plato de junio durante 10 meses; $400 del pleso de septiembre durante 7 moses) $400 del plazo de enero your tree messo. La adicido a la contribucida bajo la seccide 294(d)(1) (A), sujeta a la limitacida de dies por ciento de la centided pendiente de page de enda plaso, es $183, computada como signe: 642 2 # $ I I = date $ # $ Cantidad no Pagada 1 Tiempo Pen- # Parcentaje 2 Fenalidad I 10% de # Adicide a In : diente de # sates de la $ limitación # contribucion # Pago I : limitacida 1 $ 1 # : $ - # : 2 # Abril: : # : # # $750 I 1 me # 5 por clentor $ : # I use 0 por : : : ciento I 37.50 2 I 400 12 mass $ 11 veces el: # : : 1 por ciento: 44.00 # I : : # # # 1 81.50 I $75 : $75 I I # # # Junio: $400 120 meass I 5 por ciento: $ # : # nice 9 por # I : $ I cleate # 56 : 40 : 40 Septicubre: $400 $ 7 messs I 5 your cleato: # # I use 6 your # $ # # $ ciento # 44 2 40 : 40 Enero: $400 $ 3 meres # 5 por ciento: # : # # use a por NE I 1 # # ciento $ 28 1 40 as $ : : : $ Adicion Total a la $ $ I $ contribucida bajo $ : : # : La seceida 294(d)(1), : # $ I (A) : : $ : $ $183 $ : : I (2) Dejer de passer plases de 1a contribucide estimada declarade. (1) La seceidn 294 (d)(1)(a) provee para use adicide a 1a contribucida en el caso de falts de page dentro del termine prescrito de wa plaso de la contribucidn estimada declarada, a menos que se demostruse a satisfaceida del Secretario que dicha outside se debid a cause resonable y no a descuido voluntario. Dicha adicida a la contribución es aplicable a demores on el page 80- lamente (a) cuando une declaración ha sido oportunamento rendide o (b) cuendo el Secretario ha determinado que 1a omisida de rendir una declaración a tiempo se debid a cause resonable y no a descuido volunterio. Dicha adicidn a la contribucida next en use cuantía igual al eineo por ciento de 1a contided no pagada de cada plazo de la contribucida estimada declarade y en adicida el 1 por ciento de dicha cantidad no pagada por code -- (excepto el primer mee) 6 freeeidn de me durante el cual tal contided permaneciere sin pagar. La adición a la contribucida estd limitada, con respecto a cualquier plazo vencido pero no pagado al 10 por ciento de la parte no pagada de tel plano. Sata adicida a la contribucida no es aplicable a cason en que 1a addeida & is contribusida bajo la seccida 294(d)(1)(A) fuere de aplicacion. (ii) La aplicacido de is seceida 294(d)(1)(8) en el caso de contribuyentes sin derecho a opter bajo is sección 60(a), relative a los agricultores, podre ilustreree mediante el signionte ejemplo: 613 Ejemplo. Para el año natural 1955 a y F, esposo y espose, redicaren a tiempo use declaracida conjunts revelando un belance de contribucido estimate montante a $500. I y estaben en more sin cause resousble durante un perfodo minor de un mes en el pago de un plazo de $125. in la plantlla de contribucida achre ingresos conjunta (Form 480) de E y For para el 1955, La adicida a la contribucido con respecto al page atrasado serd de $6.25, esto en, 5 por ciento de $185. (3) Natimado sustancialmente bajo de la contribucido estimada. (1) La secoidn 294(d)(2) proveo para uns adicida a is contribucida en el CSED de un contribuyente que baga an estimado austancialmente bajo de la contribución en BM declaracton. Dicha adicido a la contribucido no se aplicard al allo contributivo en que courriere el fallecimiento del contribuyente. Excepto según se dispone of adelante- (a) In el caso de individuos que no fueren los que ejeraso in opeida bajo la seccida 60(a), relative & los agricultores, una adicida 8. is contribucida, bajo la seccidn 294(d)(2), es aplicable en caso que el monto de is contribucida estimade (sugentado por el mento del crédito por contribuciones retenidas en el origen sobre salarios, bego 1a seceidn 35 y el erfdito bajo is seceida 32) fuers senos que el as por ciento de 1a contribucida impuesta por Ley para el año contributive (determineda sin consideracidn a dichos erdditos). to el caso en que no Be rinds Is declaración requeride, el monto de is contribucida estimado para los fines de esta disposicido es cere. (b) the el caso do individuos que ejersan la opeida bajo in seccida 60(a), relativa a los agricultores, 1a adicida in is contribucidn ## aplicable st el monto de 1a contribucida estimada aumentado por el monto del crédito por contribucionse retenidas en el origen sobre salaries tojo 1a seconda 35 y el crédito bajo la seccida 32 fuere - nos que el 65 2/3 por ciento del monto de In contribución (determinada sin considereeida a dichos enfdites). (c) La adicidn a la contribución en cualquier caso en que hubiere scurrido tal estimado sustancialmente bajo de mode que end comprendido en lo dispuseto your is seccidn 294(d)(2), es una contided igual a- (1) El excess de 80 por clento do Is contribucidn final (o 66 2/3 par ciento en el caso de agricultores que ejernas una opeida bajo la sección 60(a)), determinada sin considerer los créditos pour contribuciones retenides en el origen sobre salarios bejo la seceidn 35 y el crédito bajo la seceida 32, sobre el monto de 20 contribucida eattmade aumentada por dichos eréditos; 0 644 (2) 6 por ciento del exceso de la contribucida final determineda sin considerar el crédito por contribuciones retenidas en el origen sobre salarios bajo la secondo 35 7 el erédito bajo In seceida 32, sobre el monto de la contribucida estimada - tada por dichos créditos, cual fuere memor. (ii) La adicida a Is contribucion your un estimado sustancialmente bejo de is contribucida estimada no send aplicable al afte contributivo en el cual el contribuyente pugare a tiempo la contribución estimada dentro o antes de ends trimestre de dicho also en une cantidad your 10 menos igual a como at dicha contribucida estimada BD hubiero computedo sobre la base del estado del contribuyente con respecto a la exencidn personot 3 $ los créditos por dependientes a 1a fecha de rendir la declaración 7 sobre la base de la contribucidn retenida y que resousblemente se espero, a 1a fecha de rendir la declaración, que in de ser retenida sobre salaries recibidos durante el afto natural terminado con 0 on el allo contributive, pero en 10 demis como ai dicha contribucidn estimada se hubiere computado a bace del ingress neto declarado on la planilla del contribuyente pare el año contributivo precedente. an Ingreso neto declarado en la planilla del contribuyente para el año contributivo precedente serd considerado como cero para Los fines de este artículo, at para dicho afte el contribuyente no hubiero rendido planilla o tao hubiere estado obligado a rendirls. En el CBSO do los agricultores que ejerzen una opcide bajo la seceion 60(a), dicha adicida a is contribución no send aplicable al año contributivo en que el contribuyente hage un page en tiempo de 1a contribucide estimada dentro del distmo trimestre de dicho año en use cantidad por 10 IMPTIONS 1gual « como si Be hubiere computado sobre La base del estado del contribuyente con respecto a La exencida personal y al crédito por dependientes a la fecha de rendir 1a declaracido, pero en 10 deuse como si hubiere aido computada a base del ingreso noto declarado en la planilla del contribuyente para el allo contributivo precedente. (111) Según se use en la cladsula (11) de este inciso la expresidn "exencida personal 7 crédito por dependientes" se refiere a los créditos que para los fines de computer la contribucida normal y adicional concede la seccida 25, is expresidn "enda trimestre" incluye el perfodo (terminado con el decimoquisto dis del primer me del año contributivo siguiente) dentro del cuel se require que as page el ditime plano de la contribucida estimada y la expresida "ultime trimestre" significant el perfodo (igualmento terminado con el decimoquinto die del primer - del año contributive siguiente) dentro del cual los agricultores que ejernan une opeida bajo la secends 60(a) estan obligados a jagar is contribucidn estimade. 645 (1v) La aplicación de la secoidn 294(a)(2) en el case de contribuyentes sin derecho R opter bajo la seceidn 60(a), relative a los agricultores, puede ilustrerse por los signientes ejemplos: Miemplo (1). EL 15 de abril de 1955 el contribuyente "If" sindid use declaración estimeda para el allo contributivo 1955 demostrando 10 siguiente: (1) Estimado de contribucida sobre ingresos para 1955 $1,800- (2) Estimado de contribucida mobre ingresos que be de ser retenida durante el affice 1955 (este estimado results correcto) 1,600- (3) Contribucida estimada as yagur en 4 planos, (partida 1 menos partida 2) $ 200- Asumiendo que la plantlla de contribuciones aubre ingresos de "R" para el año contributivo 1955 habre de ser rendida el 15 de sbril de 1956 y que el total de la contribución allf indicade será $2,400, 1a adición a la contribución debido a un estimado substancialmente bajo serfa de $35, que es la memor de las dos cantidades determinadas bajo los métodos alternativos permitidos en la primere orseide de la seconds 294(d)(2), según @@ demucstru en los siguientes cdmputos: (a) (b) Contribucida final $2,400- Contribucidn final $2,400- Bos de contribucida Cantided retenida $1,600- final (66 2/3% en caso de agricultores) 1,920- Contribucida estiunda 200- 1,800 Contribución retenida $1,600- Diferencia 0 600- Contribucida estimada 200- 1,800- 65 de la diferencia & 36- Diferencia $ 120- Ejemplo (2) A, an profesional, windid su planills el 10 de enero de 1955 para el allo natural 1954. A tents derecho a la exencidu como persons casada para el 1954. No obstante, para el 1955 tenfa derecho solamento a exención com persona soltern y to eze Jefe de familia. EL 15 de abril de 1955 A rindid uns declaracido de contribucida estimade demostrando use contribucida estimado para el 1955 de $12,000. page 1a contribucidn estimada en custro planos de $2,750, uno el 15 de abril, otro el 15 de junio, otro 646 el 15 de ceptiembre de 1955 y el Otimo el 15 de enero de 1956. Como resultado de una operacida realizada en diciembre de 1955, A recibid ingresos tributables en use cusntife que 10 obligaba al pago de use contribucida para el año natural 1955 en la centidad de $15,000. La contribución de A & Los tipos de 1955 sobre el ingreso de 1954 monts a $10,940. Como los plasos de $2,750 cada uno fueron pagados a tiempo en cada trimestre y cada use em por 10 menos ten alto como la cuarts parte de $10,940, A no sate eujeto a penalided alguns por haber hecho un estimado bejo de la contribución para el 1955. Sec. 295. FRORROGA PARA PAGAR LA CONTRIBUCIOS EN PLANILLA, Sec. 296. PRORSOGA PARA PAGAR LA DEFICIENCIA, Sec. 297, INTERESES EN CASO DE TASACIONES DE CONTRIBUCIONES EN PELIGRO. Sec. 298. QUIEBRAS Y SINDICATURAS, Sec. 299. REMOCION DE PROPIEDAD o PARTIDA DEL CONTRIBUYENTS. 647 SUPLEMENTO & RECLANACIONES CONTRA CESIGNARIOS I FIDUCIARIOS Sec. 311. ACTIVO TRANSFIRIDO.
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