Regl. 457, art. 272-322-1
Autoridad para reduccide, arédito X reintegro de la contribuside
Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 272-322-1
La autoridad yars crédito y reintegro de cualquier page en excesso de
cualquier contribución sobre ingresos inpuesta per is Lay de Contribuciones acture
Ingresos de 1954 está establecida en la secoida 322. La seceida 273(1) prohibe in
redicación de reclamaciones de reduccida por coutribuyentes, con respecto a tassetonee de contribusiones sobre ingresos inpuestas por la ley.