Regl. 457, art. 272-322-1

Autoridad para reduccide, arédito X reintegro de la contribuside

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 272-322-1

La autoridad yars crédito y reintegro de cualquier page en excesso de cualquier contribución sobre ingresos inpuesta per is Lay de Contribuciones acture Ingresos de 1954 está establecida en la secoida 322. La seceida 273(1) prohibe in redicación de reclamaciones de reduccida por coutribuyentes, con respecto a tassetonee de contribusiones sobre ingresos inpuestas por la ley.
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