Regl. 457, art. 361-361-1

Tributación de compañías insurites de inversiones. (a) 51 pare cualquier allo contributive que contense despude del 31 de diciembre de 1953, use

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 361-361-1

(a) 51 pare cualquier allo contributive que contense despude del 31 de diciembre de 1953, use compañía inscrite de Inversiones, sumplid durente todo su after contributivo con todos los requisitos y condiciones provistes on cualquier Ley del Estado Libre Asociado de Puerto Rico relativa a compañías do inversiones se tributard como une corporeción domestics, excepto QUOT- (1) Las disposiciones de la secoión 102 que proveen para is contribución adicional de corporaciones que sommulen indebidemente subrentes no serán aplicables; (2) Deberán incluirse en el ingreso trute todos los dividendos y beneficios recibidos de corporaciones y sociedades que estuvieren exentes de contribusidn sobre ingresos bajo la Ley Núm. 184, aprobada on 13 de mayo de 1948, según fuere onmendade. o suplementeds por sualquier otrs ley de exención contributive del Estado Libro Ameriado: (3) Las genancias o pérdides on 10 vents o cualquier otra disposición de activos de capital no serdn consideradas; (4) La deducción por la pérdide neta en operaciones provists on Is sección 23(a) no será considerads, y (5) Las disposiciones de la secoidn 47(o) que proveen que al ingreso noto para un perfodo corto debido a was cambio on el período de contabilidad deberá computerse sobre use base anual, no serán consideredas. (b) 61 una compañía inscrite de inversiones distribuyere durante NM año contributivo a aus accionistes, COMO dividendos tributables 0 como dividendos procedentes de ingreso de fonento industrial (véase el artículo 361-2), use cantidad no menor de 90% de su ingress neto para el afto contributivo cosputedo según se proves on el pdrrefo (a) de este artículo, se concederá a dicha compatife, como un crédito contra el ingreso neto para les fines de In contribusión normal y la contribución adicional, el monto de dichos dividendos pagada durente el año contributivo. (a) Para determinar at une compañía inscrita do inversiones distribuye duranto el año contributivo a aus accionistas COMO dividendos tributables o COMO dividendos del ingreso de fonento industrial una contided no memor de 90% de su ingreso 663 neto para el after contributive, cualquier dividendo tributable o cualquier dividendo de ingreso de fomento industrial declarado por la compañía despude del cierre de an allo contributive y antes de 1a fesha prescrite per ley para readir ou planilla para dicho allo contributivo (incluyendo el término de cualquier prórroga concedida para rendir dicha planilla) sord, heste el limite en que in compañía así optare en dicha planilla, consideredo como pagado durante dicho año contributive. Esta regla se splica etempre que la distribusión del monto total de diche dividendo fuere efectivemento becks a los accionistes dentro del perfodo de los custro usess siguientes al cierre de diche año contributive y no use tarde de la fecha del primer pago de dividendo regular efectuado después de dicha declaración. (a) La opción a que se refiere el pirrafe anterior deberá formulares on 1a planilla rendide para el allo contributivo. La opsion se hard por el contribuyents tratando el dividendo al cusl diche opción se aplicare como un crédito per dividendo pagado pare el afte contributive, al computer su ingreso neto sujeto is contribueidn. La opoton provists eta 1a secotda 361(a)(3) podrá hacerse solumente hasta el Maite que las ganancies y beneficios del año contributive exceden el mento total de distribusiones procedentes de dichas ganancias 7 beneficies, efectivamente hechas durante el año contributive (sin incluir les distribuciones con respecto a las cusles una opeión anterior hubiere sido heche bejo la secoión 361(a)(3)). E1 dividendo con respecto al cual la compañía inscrite de inversiones hiciere was opoion válide bajo la sección 361(a)(3). se considerard como pagado de ganancias y beneficios del atto contributivo para el cual dicha opcion se hiciere, y no de genencias , benefictos del afto contributive en at oual la distribución en efecto ss realizare. No obstante, el dividendo sujeto & opoion de incluird en el ingreso bruto de los accionistas de la compañía inscrite de inversiones para el año contributivo en el cual resibieren el dividendo. Despuds de expirar al termino para rendir la plemilla para el año contributivo para el rual se histere UDA opción bajo la sección 361(a)(3), dicha opoion 68 irrevocable con respecto al dividendo al suel se aplicare. (e) Do dividendo tributable o un dividendo del ingreso de fomento industrial no 68 distribuído a sus accionistas durante el allo contributive dentro del significado de la sección 361(a), a menos que los accionistas resiban el dividendo durante el año contributivo de in compañía. (f) Una compañía inscrita de inversiones que durante cualquier parte de BM año contributive dejare de cusplir con todos Los requisitos y condiciones provistos en 664 cualquier y toda la legislación que la regule será tributable, on dicho afte contributive, COMO use corporación domestion corriente.
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