Regl. 457, art. 361-361-4

Tributación a accionistes de compañías inscritas de inversionew. (a) Residentes de Puerto Bico, (1) Un residente bons fide de Puerto Nico

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Cite as Reglamento Núm. 457, Art. 361-361-4

(a) Residentes de Puerto Bico, (1) Un residente bons fide de Puerto Nico que fuero accientate de una compañía inscrita de inversiones y que recibiere dividendos de la missa durante un año contributivo de is compañía inscrita de Inversionow para el cual is sism estuviere sujeta a tributación bajo la secoión 361(a) excluire de su ingreso bruto (1) les dividendos exentes, y (ii) los dividendes de in- 666 greeo de fosento industrial, ai y hasts el límite en que Las santidades a que monten dichos dividendos esterian exentes de contribución para d1, at las recibiere directmente de use corporación o de una sociedad exents do tributación bajo la Ley Mis. 184, aproboda en 13 de mayo de 1948, según fusre ensendeds o suplementeds por cualquier otrs ley de exención contributive del Ketado Libro Assoindo de Puerto R1- CO. Véaso el artículo 361-2 para el significado de les térainos "dividendo exento" y dividendo de ingreso de forento industrial". (2) at accionista a que Be refiere el inciso anterior incluire en su ingreso brute los dividendos recibidos de una compañía inscrita de inversiones que representen (1) dividendos de gamancias de capital, (11) dividendos de ingress de rozento industrial, ai 7 hasts el limite on que dichos dividendos 0 distribusiones le serian tributables si los resibiere directamente y as a través de la compañía inscrito de inversionse y (111) el monto efectivo de dividendos tributables según se definen en la seceión 361(c)(4). En lugar de la cantidad incluíble bajo la cláusula (111) que anterede, el accionists podrá opter por incluir on au ingreso bruto el membe de dichos dividendos tributables, use is parte propercional correspondiente al accionists de cualesquiera contribuciones sobre ingresos, beneficios de gusrra y beneficios excesives pagados por la compañía inscrita de inversionse e por cualquier subsidiaria, 905 do cuyns accienes fueron poseídas por la compañía inscrita de inversiones, is los Matados Unidos, as cualquier possesión de Los Estados Unidos o a cualquier otre parte de Los Estados Unidos que no see un estado, al Matado Libro Asociado, o a cualquier país extranjero, con respecto & los beneficios de los cusles se considera que as has pagado tales dividendos. Un accienista que have in opcida at que se refiere 1a crasión anterior tendrd derecho a acreditar in contribuolder impuseta por la Lay con el nento de dichas contribusiones prorrateadas (inclufdo per el assionista on su ingreso bruto) sujeto a las limitaciones de is seccida 131. (3) Los accionistss que recibieren dividendos de ganancias de capital de una compañía inscrita de inversiones considerarán dichos dividendos CODE ganancias en la venta D permuta de actives de capital possídos durante não de seis messs. (4) Determinadas distribuciones heches despuée del cierro del allo contributi- YO que la compañía inscrita de inversionse punde optar por trater como pagadas durante el affo contributive para los fines do la sección 361(a)(3), de ser incluíbles on el ingreso bruto del accionists. deberán ser incluídas en is pleailla del accionists pars el afio contributive en el cual el dividendo ## recibiere. Véase el ar- 667 tículo 361-1. (5) Todo residente de Puerto Rice, que fuere accionista de cualquier compañía que reclasare ser use compatife inserita de inversiones y que reslamare el beneficio de is seceida 361, someterá COMO parte de su planilla de contribusiones sobre ingresos una declaración que incluyn, a au no jor enber y entender-- (1) 31 númro de acciones que en realidad posse on cualquier y todo momento durante el período por ol sual la planilla se rindiere. en cualquier compañía que reclamare ser una compañía imscrita de inversiones. (11) Las fechas de adquisisión de tales acciones durante dicho perfodo y Los nombres y direcciones de las personss de quienes las nociones se adquirieren: (111) Las fechas on que dispone de tales noctomes durante diche período, 7 los nontres 7 direcciones de los cestonarios de las ninune) (iv) EL monto 7 fecha de recibo de cada dividendo resibido durante dicho perfedo do cade corpormeidn que reclamare ser una compañía inscrita de Inversiones; y (v) Du required de les dividendos resibidos de las compañías inscritos de inversiones segregados para desostrar la designación de dichos dividendos como exentos, de ingreso de fonento industrial, do ganancias de capital 0 tributables, según se designmen por el pagador. Zn sustitusión de este resumen el accionists podrá someter copias de los avisos eseritos recibidos de les compañías inscritas de inversionee haciendo las designationes. (b) No residentes de Puerto Rice. (1) in el CESO de una cospañía insorita de inversiones aujeta a tributación bajo la secoión 361(a), todos los dividendos pagados durante el año contributivo por dicha compañía a accionistas no residentes non. por disposicion de la seccida 362(b)(2), consideredos como distribuctonss tributables, exceptuando el monto de los dividendos exentes según as define en la sección 361(s)(1). (2) B1 monto bruto de in contribuside que bay que deducir y retemer bajo las secciones 143 7 144 serd computado sobre el monto efectivo de todos los dividendos pagados que no seen "dividendos exentos", wis al nonto de la parto proporsional COrrespondiente a los accionistas de cualesquiera contribusionss sobre ingresos, venafictos de guarra 7 beneficios excesives pagades per is compañía insurite de Inversiones o por cualquier subsidiaria, 90% del capital on assiones de is sual es posefdo por la compañía inscrita de inversiones. 42. los Estados Unidos a cualquier posesión de Los Estados Unidos 0 a cualquier parte de las Estados Unidos que no sea un estado, al Notado Libre Asoutado, o a cualquier país extranjero, subre los beneficios de Los cuales se considers que se has pagado tales dividendos, 0 relatives 6 estas benefi- 608 sion. (3) La seceión 361(b)(2) dispone que las compañías inscrites de inversiones al computer la contribusión que hay que deducir 7 retener bajo iss secciones 143 y 144 sobre los dividendos pagados a accionistes no residentes, acreditardn dicha contribusión, sujeta a las limitasiones de la secoida 131, con la parte proporsional correspondiente a dicho accionista de Ins contribusiones sobre ingresos, beneficios do guerra y beneficios excesives pagados por dioha compañía inscrita de inversiones e por cualquier subsidiaris, 90% de cuyo capital fuere poseído por la compañía inscrita de inversiones, as los Estados Unidos, a cualquier possaión de los Estados Unidos a a sualquier parte de los Retados Unidos que no NON un estado, al Estado Libre Asociado, a 4b cualquier país extranjero, sobre los beneficios de los cuales se considera que se han pagado tales dividendos, o relatives a dichos beneficios. (4) Las contribuciones, el crédito por las cuales as admisible bajo el inciso (3) del pérrafe (b) de este artículo, deberán cumplir con los siguientes requisitos: (1) deberán ser contribuciones sobre ingresos, sobre beneficies de guerra o sobre beneficios excesives; (ii) deberán ser realmente pagadas por la compañía inscrita de inversionse o por cualquier subsidiaria de la missa, 90 por ciento de cuyas acciones se posea por la compañía insurita de inversiones; (111) deberán pagares a Los Estados Unidos, 8A cualquier posesión de los Estados Unidos, a a cualquier parte de los Retados Unidos que no sea LIKE estado, al Estado Libre Asociado, a a cualquier país extrenjero; y (iv) deberán pagares sobre los beneficios do los cuales as considers que se han pagado tales dividendes. @ relatives a dichos beneficios. 660 Suplemento T- Individues con Ingreso Bruto Ajustado Memor de $5,000 Seconda 400. IMPOSITION BE LA CONTRIBUCION.
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