Regl. 4583, art. 2.00 dup2

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 4583, Art. 2.00 dup2

2.01 - Disposición General - Los siguientes términos tendrán el significado que a continuación se expresa, salvo que del texto se desprenda claramente un significado distinto: 1. Administración de Reglamentos y Permisos - Organismo gubernamental creado por la Ley Número 76 del 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Administración de Reglamentos y Permisos". 2. Administrador de Reglamentos y Permisos Funcionario que dirige la Administración de Reglamentos y Permisos 0 los funcionarios que 1-3 lo sustituyen o en quienes él haya delegado sus poderes, deberes y funciones, según dispuesto por ley. 3. Falta Administrativa - Cualquier violación o incumplimiento individual a la Ley Número 76, supra, O cualquier violación a los reglamentos, órdenes o restricciones adoptados en virtud de las facultades que las leyes le confieren 0 asignan a la Administración de Reglamentos y Permisos. 4. Funcionario Adjudicativo - Persona O grupo de ellas, comités, juntas, así como cualquier combinación de éstas, incluyendo jueces administrativos a quien el Administrador de Reglamentos y Permisos delegue la función de adjudicar las controversias bajo consideración en este reglamento. 5. Funcionario del Interés Público - Persona a la cual se le encomienda el determinar la falta administrativa, recomendar al representante autorizado al monto de la multa y defender ésta. 6. Multas Administrativas Sanción económica que se impone por cometer una falta administrativa. 7. Oficial Examinador - Funcionario de la Administración de Reglamentos y Permisos quien presidirá y conducirá los trabajos en las vistas administrativas conforme a las disposiciones de las Leyes Número 76 y 170, supra. 8. Representante Autorizado - Será el funcionario en quien el Administrador de Reglamentos y Permisos delegue sus poderes y atribuciones relacionados con la imposición 1-4 de multas administrativas. Como parte de sus funciones se le delega la facultad de expedir órdenes de hacer O no hacer y de cese y desistimiento. TOPICO 2 MULTAS ADMINISTRATIVAS
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