Regl. 4590, art. VII
TIPO DE INTERES Y PAGO DEUDA
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Cite as Reglamento Núm. 4590, Art. VII
El tipo de interés a cargarse sobre la deuda será flexible
y dependerá del tipo de interés cargado por los bancos
financieros a la Corporación. Durante la zafra, según el
camionero transportista vaya transportando caña, la central
descontará semanalmente una cantidad de los fletes de
transportación para abonar al. principal e intereses del
préstamo hasta el cobro total del mismo. En aquellos casos en
que el descuento pactado resulte insuficiente para el repago
del préstamo de la Central, deberá ajustar el mismo en una
cantidad que no excederá el 25% del descuento original.