Regl. 4602, art. III-3.3

Renovación de Licencia o Certificación

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Cite as Reglamento Núm. 4602, Art. III-3.3

Se renovará la licencia o certificación a todo establecimiento que en su evaluación haya cumplido con los requisitos establecidos. El establecimiento solicitará la renovación de licencia o certificación con noventa (90) días de antelación a la fecha de expiración de la licencia. 3
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