Regl. 4602, art. IV-4.1
Los propósitos y objetivos de cada facilidad, excepto los
Cite as Reglamento Núm. 4602, Art. IV-4.1
hogares de cuidado y hogares de crianza, estarán especificados en su manual de
funcionamiento que deberá establecer claramente por escrito, entre otras
cosas, las siguientes disposiciones:
a. descripción de los objetivos de la facilidad y de la
población a beneficiarse de los servicios,
b. normas de funcionamiento y disciplina,
C. criterios y procedimiento de ingreso,
d. descripción de los servicios para los menores y
e. criterios y procedimiento de egreso.