Regl. 4602, art. VII-7.4
Servicios Educativos o Desarrollo de
Cite as Reglamento Núm. 4602, Art. VII-7.4
Destrezas
a. A los menores (de edad preescolar y escolar) se
les proveerá actividades dirigidas a su desarrollo integral de acuerdo a su
capacidad y a tono con la polÃtica pública vigente.
b. Los menores podrán participar en empleos fuera del
establecimiento, siempre y cuando los mismos cumplan con las normas del
Departamento del Trabajo, respondan a su edad, condición fÃsica, habilidades e
intereses y no conflija(n) con el programa escolar del menor.
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