Regl. 4602, art. XII-12.2 dup2
Procedicimiento para notificación de denegación o
Cite as Reglamento Núm. 4602, Art. XII-12.2 dup2
cancelación de Licencia o Certificación
a. La notificación de la denegación o cancelación de
licencia O certificación se hará por escrito, con acuse de recibo, al
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solicitante a su dirección, según conste en el Expediente de Licenciamiento,
en un documento que señale las razones para denegar O cancelar la licencia.
b. La notificación escrita a que se hace referencia
en el inciso anterior deberá informar sobre el recurso de apelación
disponible.