Regl. 4605, art. 23(bb)(3) dup4

Patronos y Asociaciones de

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Cite as Reglamento Núm. 4605, Art. 23(bb)(3) dup4

Empleados.-- En el caso de un patrono o de una asociación de empleados que haya creado un fideicomiso para administrar cuentas de retiro individual para el beneficio y uso exclusivo de sus empleados o de sus beneficiarios, el cual puede incluir empleados que a la vez sean dueños de la empresa, dicho 101 patrono o asociación podrá tomar como deducción en su planilla de contribución sobre ingresos las aportaciones que haga al fideicomiso en el año contributivo en que las pague o las acumule y los gastos iniciales o anuales resultantes de auspiciar, establecer o administrar el fideicomiso de cuentas de retiro individual para beneficio de sus empleados o socios. Esta deducción será en lugar de la deducción a que se refiere el artículo 23(a), pero estará sujeta en todos los demás aspectos a las limitaciones de la sección 23 (p) de la Ley.
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