Regl. 4606, art. 1
En virtud de las disposiciones del artículo 2.040 de
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Cite as Reglamento Núm. 4606, Art. 1
la Ley Num. 77 del 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida
como Código de Seguros de Puerto Rico, notifico a la industria de
seguros, al público suscritor de seguros y al público en general,
la aprobación de la siguiente enmienda a la Regla XX del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, para que lea como se
indica a continuación:
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