Regl. 4606, art. 3

como el Artículo 4.

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Cite as Reglamento Núm. 4606, Art. 3

Es responsabilidad de la Oficina del Comisionado de Seguros el proveerle a la industria de seguros unos servicios de alta calidad y eficiencia que vayan acorde con el vertiginoso desarrollo que ha venido experimentando tan importante sector. El llevar a cabo esta gestión conlleva un aumento en los gastos de las investigaciones que se llevan a cabo bajo las funciones de supervisión y fiscalización que nos han sido impuestas por ley. Esta enmienda está inspirada en el cumplimiento de tan importante responsabilidad.
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