Regl. 1790, art. 1
Preámbulo:
Cite as Reglamento Núm. 1790, Art. 1
El presente reglamento establece las normas mínimas que han de observarse en el aprendizaje de oficios u ocupaciones en establecimientos comerciales, industriales y agrícolas de Puerto Rico y se promulga el mismo en
virtud de las disposiciones de la Ley Núm. 483 de 15 de mayo de 1947,
según enmendada.