Regl. 467, art. 1
- Bajo la autoridad de lo dispuesto en el Artículo 2 de la
Cite as Reglamento Núm. 467, Art. 1
Resolución Conjunta número 81 aprobada el día 19 de junio de 1957, el Secre'-
tario de Obras Públicas y el Secretario del Trabajo del Estado Libre Asociado
de Puerto Rico, con el fin de regular el tipo, lugar y época de realización
de las obras públicas a llevarse a cabo bajo las disposiciones de dicha Resolucion, así como el período de trabajo, método de selección y paga a los
obreros que trabajen en las mismas y la forma de administrar las citadas
obras, promulgan el siguiente reglamento: