Regl. 4684, art. XXV-XXII

CANCELACION DE CONTRATO DE BECAS

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Cite as Reglamento Núm. 4684, Art. XXV-XXII

El Director podrá cancelar o suspender en cualquier momento el Contrato de Beca por suministro de información falsa o errónea en la solicitud de beca o previa comprobación del incumplimiento por el beneficiario de los términos y condiciones establecidas para concederle la beca y procederá conforme al procedimiento que a tal fin se haya establecido. Si el beneficiario es un servidor público estará sujeto a la imposición de medida disciplinaria conforme a la falta cometida.
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