Regl. 46, art. 2
Las precedentes escales se interpretarán como signe:
Cite as Reglamento Núm. 46, Art. 2
a) Los tipos de paga son consignados a base de dôlares por mes y representan los tipos normales de retribución por servicios completos pero, con
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la aprobación del Director de Personal, se permitirá pagar la equivalente retribución sobre la Lase de cualquier otro periodo de tiempo. Cuando en un puesto
se presten servicios a base de jornada parcial, se considerard como tipo estahlecido la parte proporcional del tipo measual que apruebe el Director de Personal.
b) Para atender condiciones escepcionales, el Director de Personal podrá
extender las occulas alladiendo a las mismas tipos de aumentos que seguiren
la misma proporción de los establecidos en las escalas.
Sección .-Administración de las escalas.
a) Todo nombramiento original DO hard al tipo minimo en la escala, pero
con la aprobeción del Director de Personal y por razones de peso, se podrá
hacer un nombramiento original a cualquiera de los tipos de la escala a la cual
corresponda el puesto.
b) Se concederán aumentos en la retribución dentro de cada escala a aquellos
empleados que los ameriten, y que began servido durante un periodo de doce (12)
meses sin recibir sumento. BI Administrador de Fomento Económico hard las
determinaciones en cuanto a los méritos de cada caso y las notificard al Director
del Negociado del Presupuesto y al Director de Personal.
c) Los aumentos de sueldo por mérito serán normalmente de uno o dos pasos
dentro de la escala. No obstante, DC podrán conceder aumentos que envuelvan
más de dos pasos en casos excepcionales.
d) Los aumentos de sueldo que se concedan de acuerdo con las disposiciones
de este reglamento se pagarán con cargo a las partidas que para este fin espectfico se consignen en el Presupuesto Funcional.