Regl. 4732, art. XI dup2

NOTIFICACION DE LA QUERELLA 0 SOLICITUD

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Cite as Reglamento Núm. 4732, Art. XI dup2

La Administración notificará por correo a la parte querellada o promovida la querella que se ha presentado en su contra y le enviará copia de la misma dentro de los quince (15) días siguientes a la presentación de la querella, solicitud o petición.
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