Regl. 4732, art. XXIII dup2

PROPUESTAS DE DETERMINACIONES DE HECHOS Y

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Cite as Reglamento Núm. 4732, Art. XXIII dup2

CONCLUSIONES DE DERECHO El Oficial Examinador podrá ordenar a las partes presentar un proyecto de determinaciones de hecho y conclusiones de derecho a tenor con lo dispuesto en la Sección 3.13 (F) de la Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada. Dicha Resolución deberá expedirse el mismo día de la última vista y se advertirá a las partes que, de no presentar a tiempo su propuesta, el Oficial Examinador podrá resolver el caso a base de las propuestas de las partes que si presentaron las suyas y del récord administrativo. La Administración de Fomento Agrícola emitirá la decisión en el caso dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha en que se presenten las referidas propuestas.
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