Regl. 4732, art. XXIII dup2
PROPUESTAS DE DETERMINACIONES DE HECHOS Y
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Cite as Reglamento Núm. 4732, Art. XXIII dup2
CONCLUSIONES DE DERECHO
El Oficial Examinador podrá ordenar a las partes presentar
un proyecto de determinaciones de hecho y conclusiones de
derecho a tenor con lo dispuesto en la Sección 3.13 (F) de la
Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada. Dicha
Resolución deberá expedirse el mismo dÃa de la última vista y
se advertirá a las partes que, de no presentar a tiempo su
propuesta, el Oficial Examinador podrá resolver el caso a base
de las propuestas de las partes que si presentaron las suyas y
del récord administrativo. La Administración de Fomento
AgrÃcola emitirá la decisión en el caso dentro de los noventa
(90) dÃas siguientes a la fecha en que se presenten las
referidas propuestas.