Regl. 4760, art. 11-11.5 dup2
Reglamento de Personal.
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Cite as Reglamento Núm. 4760, Art. 11-11.5 dup2
Separaciones de empleados convictos por delito
Se separará del servicio a tenor con el Artículo 208 del
Código Político a todo empleado convicto por delito grave o
cualquier delito que implique depravación moral o infracción de sus
deberes oficiales.