Regl. 4760, art. 11-11.6

Reglamento de Personal.

Length: 114 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 4760, Art. 11-11.6

Renuncias Cualquier empleado podrá renunciar a su puesto libremente mediante notificación escrita al Director Ejecutivo. Esta comunicación se hará con no menos de quince (15) días de antelación a su último día de trabajo, excepto que el Director Ejecutivo podrá aceptar renuncias presentadas en un plazo menor. El Director Ejecutivo deberá dentro del término de quince (15) días de haber sometido dicha renuncia, notificar al empleado si acepta la misma o si la rechaza por existir razones que justifican investigar la conducta del empleado. En casos de rechazo, el Director Ejecutivo dentro del término más corto posible, deberá realizar la investigación y determinar si acepta la renuncia o procede a la formulación de cargos.
Regl. 4760, art. 11-11.6: Reglamento de Personal. | Justis AI