Regl. 4760, art. 15-15.2 dup2
Reglamento de Personal.
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Cite as Reglamento Núm. 4760, Art. 15-15.2 dup2
Función de la Autoridad
1. Para el logro de los objetivos señalados, la Autoridad
establecerá los programas y servicios de relaciones de
personal que estime necesario, conforme a sus recursos y
necesidades.
2.
Se formulará un programa de relaciones de personal
integrando los diferentes programas y servicios de
relaciones de personal tales como: atención de
sugerencias, orientación y consejerÃa en relación con el
trabajo, actividades recreativas y culturales, premios y
reconocimientos y atención de planteamientos y quejas.