Regl. 4760, art. 18-18.4

Horas trabajadas

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Cite as Reglamento Núm. 4760, Art. 18-18.4

Las horas trabajadas comprenderán todo el tiempo durante el cual se le requiere a un empleado prestar servicios o permanecer en el recinto de trabajo o en un determinado lugar de trabajo y todo el tiempo durante el cual se le ordene o autorice expresamente realizar trabajo.
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