Regl. 4760, art. 9-9.2 dup2
Reglamento de Personal.
Length: 195 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4760, Art. 9-9.2 dup2
Convocatorias a examen
1. Con el fin de atraer y retener en la Autoridad a las
personas más capacitadas, mediante libre competencia, se
divulgarán las oportunidades de empleo por los medios de
comunicación más apropiados en cada caso.
2. Las convocatorias de examen deberán contener la siguiente
información: tÃtulo de la clase de puesto, naturaleza
del trabajo, requisitos mÃnimos de preparación y
experiencia, requisitos especiales, si alguno, escala de
salario, perÃodo para radicar solicitudes, tipo de
competencia y examen y cualquier otra información que se
considere necesaria.
3 de agosto de 1992
14
3. La publicación se hará por lo menos diez (10) dÃas de
antelación a la fecha limite para presentar la solicitud
de examen, lo cual se especificará en la convocatoria.
No se aceptarán las solicitudes que se radiquen con
posterioridad a la fecha especificada en la convocatoria.
4.
El Director o su representante autorizado podrá extender
el perÃodo para radicación de solicitudes, enmendar o
cancelar la convocatoria cuando la situación lo amerite.
En cualquiera de estos casos el Director dará aviso de la
acción que se haya tomado y notificará por escrito a los
solicitantes cuando se trate de cancelación de
convocatorias.