Regl. 4764, art. II

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Cite as Reglamento Núm. 4764, Art. II

Este Relamento se promulga en virtud de las facultades que le otorga al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, los Artículos 424 y 425 del Código Político 2 de 1902, según enmendado (22 LPRA) 45-46; Sección 3.19 de la Ley 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada y los Artículos XII y XVII del Reglamento de Subasta del Departamento de Transportación y Obras Públicas aprobado el 5 de julio de 1991.
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