Regl. 4772, art. 4
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 4772, Art. 4
a. Administrador - Administrador de la Oficina de la
Reglamentación de la Industria Lechera.
b. Producto:
1) Leche y productos de leche ultrapasteurizados
(UP-UHT) Leche o producto de leche sometido a
un proceso término de 280° F (138° C), O a una
temperatura mayor, por no menos de dos (2)
segundos, antes o después de envasado, para
extender su durabilidad bajo condiciones de
refrigeración.
2) Leche y productos de leche asépticamente
procesados Leche o productos de leche que han
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sido sometidos a suficiente tratamiento térmico
y empacados en envases herméticamente sellados,
bajos los requisitos del Código de Reglamentos
Federales, Título 21, de forma tal, que el
producto esté libre de microorganismos viables,
capaces de reproducirse, incluyendo sus
esporas, bajo condiciones de almacenaje sin
refrigeración.
Los cierres utilizados estarán preesterilizados y el proceso se realizará en una
atmósfera libre de microorganismos.
C. Persona Cualquier persona natural O jurídica
incluyendo individuos, corporación, asociación,
cooperativas o cualquier otra forma de organización
legal.
d.
Envase Recipiente final que se utiliza para llevar
el producto al consumidor.
e.
Oficina La Oficina del Administrador del la
Reglamentación de la Industria Lechera.
f. Dueño Persona natural o jurídica a cuyo nombre se
expide la licencia bajo este Reglamento.
g. Ley Ley 34 del 11 de junio de 1957, según
enmendada, conocida como la Ley para reglamentar la
Industria Lechera.
h. Ingredientes opcionales en la leche Incluirá
crema, leche descremada, leche parcialmente
descremada, leche concentrada descremada, leche en
polvo descremada, suero de mantequilla, suero de
leche, lactosa, lactoalbumina, o suero de leche con
remoción parcial o total de lactosa O minerales,
para aumentar los sólidos no grasos del producto.
También incluirá productos deshidratados de
leche, leche concentrada, productos concentrados de
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leche, sabores endulzantes, emulsificadores,
acidificadores, vitaminas, minerales o ingredientes
similares previamente aprobados.
i. Licencia - Permiso que expide el Administrador a los
agentes de leche y productos de leche pasteurizados,
ultra-pasteurizados o asépticamente procesados, para
elaborar, importar, distribuir y vender el
producto.
j. Leyes sanitarias - Ley Núm. 81 de 1912, según
enmendada y los Reglamentos Número 138 y 5 de los
Departamentos de Salud y Agricultura,
respectivamente.