Regl. 4772, art. 4

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 4772, Art. 4

a. Administrador - Administrador de la Oficina de la Reglamentación de la Industria Lechera. b. Producto: 1) Leche y productos de leche ultrapasteurizados (UP-UHT) Leche o producto de leche sometido a un proceso término de 280° F (138° C), O a una temperatura mayor, por no menos de dos (2) segundos, antes o después de envasado, para extender su durabilidad bajo condiciones de refrigeración. 2) Leche y productos de leche asépticamente procesados Leche o productos de leche que han 3 sido sometidos a suficiente tratamiento térmico y empacados en envases herméticamente sellados, bajos los requisitos del Código de Reglamentos Federales, Título 21, de forma tal, que el producto esté libre de microorganismos viables, capaces de reproducirse, incluyendo sus esporas, bajo condiciones de almacenaje sin refrigeración. Los cierres utilizados estarán preesterilizados y el proceso se realizará en una atmósfera libre de microorganismos. C. Persona Cualquier persona natural O jurídica incluyendo individuos, corporación, asociación, cooperativas o cualquier otra forma de organización legal. d. Envase Recipiente final que se utiliza para llevar el producto al consumidor. e. Oficina La Oficina del Administrador del la Reglamentación de la Industria Lechera. f. Dueño Persona natural o jurídica a cuyo nombre se expide la licencia bajo este Reglamento. g. Ley Ley 34 del 11 de junio de 1957, según enmendada, conocida como la Ley para reglamentar la Industria Lechera. h. Ingredientes opcionales en la leche Incluirá crema, leche descremada, leche parcialmente descremada, leche concentrada descremada, leche en polvo descremada, suero de mantequilla, suero de leche, lactosa, lactoalbumina, o suero de leche con remoción parcial o total de lactosa O minerales, para aumentar los sólidos no grasos del producto. También incluirá productos deshidratados de leche, leche concentrada, productos concentrados de 4 leche, sabores endulzantes, emulsificadores, acidificadores, vitaminas, minerales o ingredientes similares previamente aprobados. i. Licencia - Permiso que expide el Administrador a los agentes de leche y productos de leche pasteurizados, ultra-pasteurizados o asépticamente procesados, para elaborar, importar, distribuir y vender el producto. j. Leyes sanitarias - Ley Núm. 81 de 1912, según enmendada y los Reglamentos Número 138 y 5 de los Departamentos de Salud y Agricultura, respectivamente.
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