Regl. 1843, art. 5-1 dup2

El Superintendente de la Policia de Puerto Rico pagará

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Cite as Reglamento Núm. 1843, Art. 5-1 dup2

hasta la suma de quince mil (15, 000) dólares en concepto de recompensa a las personas O persona que suministre información a la Policía de Puerto Rico que conduzca al arresto O captura de algún -4- acusado y/o convicto de haber violado las leyes penales del país si éste es un evadido de nuestras instituciones penales o ha sido declarado prófugo de la justicia y se haya cursado la correspondiente requisitoria por aquella persona a cargo del sistema correccional del país.
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