Regl. 4790, art. 16-16.2
Función del Departamento
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Cite as Reglamento Núm. 4790, Art. 16-16.2
1.
Para el logro de los objetivos señalados, el
Departamento establecerá los programas y servicios
de relaciones de personal que estime necesarios,
conforme a sus recursos y necesidades.
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2. Se formulará un Programa de Relaciones de Personal
integrando los diferentes programas y servicios de
relaciones de personal, tales como atención de
sugerencias; orientación y consejería en relación
con el trabajo; actividades recreativas y
culturales; premios, reconocimientos y la atención
de planteamientos y quejas.