Regl. 4790, art. 18-18.1
Clasificación de los expedientes
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Cite as Reglamento Núm. 4790, Art. 18-18.1
Los expedientes de los empleados se clasificarán como activos
o inactivos. Se considerarán expedientes activos los
correspondientes a los empleados que se mantengan vinculados
al servicio, e inactivos los expedientes de los empleados que
se han desvinculado del servicio.
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