Regl. 4790, art. 8-8.3 dup2
Agrupación de los Puestos en Clases de Puestos
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Cite as Reglamento Núm. 4790, Art. 8-8.3 dup2
y Series de Clases
Se agruparán en clases todos los puestos en el Servicio de
Carrera que sean igual o sustancialmente similares en cuanto
a la naturaleza y el nivel de dificultad del trabajo a base de
los deberes y responsabilidades asignados a los mismos.
Cada clase de puesto será designada con un tÃtulo corto, que
sea descriptivo de la naturaleza, y el nivel de complejidad
y responsabilidad del trabajo requerido. Dicho tÃtulo se
utilizará en el trámite de toda transacción o acción de
personal, presupuesto y finanzas, asà como en todo asunto
oficial en que esté relacionado el puesto. Este será el
tÃtulo oficial del puesto.
El Secretario podrá designar cada puesto con un tÃtulo
funcional de acuerdo con sus deberes y responsabilidades O su
posición en la organización. Este tÃtulo funcional podrá ser
utilizado para la identificación del puesto en los asuntos
administrativos de personal que se tramiten a nivel agencial.
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Bajo ninguna circunstancia el tÃtulo funcional sustituirá el
tÃtulo oficial en el trámite de asuntos de personal,
presupuesto y finanzas.