Regl. 4790, art. 8-8.4
Especificaciones de Clases
Length: 576 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4790, Art. 8-8.4
Se preparará por escrito una especificación de cada una de las
clases de puestos comprendidas en el Plan de Clasificación
para los puestos comprendidos en el Servicio de Carrera que
consistirá de una descripción clara y precisa del concepto de
la clase en cuanto a la naturaleza y complejidad del trabajo,
grado de responsabilidad y autoridad de los puestos incluÃdos
en la clase; de otros elementos básicos necesarios para la
clasificación correcta de los puestos y de los requisitos
mÃnimos en cuanto a conocimientos, habilidades y destrezas que
deben poseer los empleados y la preparación y experiencia
requierida. También fijará la duracion del perÃodo probatorio
correspondiente.
Las especificaciones serán descriptivas de todos los puestos
comprendidos en la clase. Estas no serán prescriptivas ni
restrictivas a determinados puesto en la clase. Serán
utilizados como el instrumento básico en la clasificación y
reclasificación de puestos; en la preparación de las normas de
reclutamiento; en la determinación de exámenes a los
candidatos; en la determinación de las lÃneas de ascensos,
19
traslados y descensos; en la evaluación de los empleados; en
la determinación de las necesidades de adiestramiento de
personal; en las determinaciones básicas relacionadas con los
aspectos de salarios, presupuesto y transacciones de personal
y para otros usos en la administración de personal.
El Secretario será responsable de mantener al dÃa las
especificaciones de clases de acuerdo con los cambios que
ocurran en los programas y actividades del Departamento, asÃ
como en la descripción de los puestos que conduzcan a la
modificación del plan de clasificación.
Las especificaciones de clases contendrán, en su formato
general y en el orden aquà indicado, los siguientes
elementos:
1. TÃtulo oficial de la clase y número de
codificación.
2. Naturaleza del trabajo: definirá el trabajo en
forma clara y concisa.
3. Aspectos distintivos del trabajo: identificará las
caracterÃsticas que diferencian una clase de otra.
4. Ejemplos de trabajo: incluirá las tareas comunes y
tÃpicas de los puestos.
20
5.
Conocimientos, habilidades y destrezas mÃnimas.
-
Conocimientos: incluirá la descripción de las
materias con las cuales deberán estar
familiarizados los empleados y candidatos a
ocuapar los puestos.
-
Habilidades: incluirá la capacidad mental y
fÃsica necesaria para el desempeño de los
deberes y responsabilidades del puesto.
-
Destrezas: incluirá la agilidad o pericia
manual o condiciones fÃsicas o mentales que
deberán poseer los empleados y candidatos para
el desempeño de los puestos.
6.
Preparación y experiencia mÃnima: indicará la
preparación académica requerida, el tipo y duración
de la experiencia de trabajo necesaria.
7.
PerÃodo probatorio: indicará el tiempo requerido
para el adiestramiento o prueba práctica a que será
expuesto el empleado en el puesto. Este perÃodo no
será menor de tres meses, ni mayor de doce (12)
meses.
21
Se establecerá un glosario de términos utilizados en las
especificaciones de clases en el cual se definirán de forma
clara y precisa los términos u objetivos de la descripción del
trabajo y de los grados de complejidad y autoridad inherentes.
Se formalizará el establecimiento de toda clase de puesto y
su correspondiente especificación mediante un acuerdo oficial
aprobado por el Secretario. Este acuerdo oficial contendrá lo
siguiente: tÃtulo de la clase, codificación numérica,
asignación de la clase a la escala de salarios
correspondiente, la fecha de efectividad y la duración del
perÃodo probatorio. Igual formalidad requerirán los cambios
que se efectuén en las especificaciones para mantenerlas al
dÃa a tono con el patrón organizativo funcional del
Departamento y con los deberes de los puestos.