Regl. 4790, art. 9-9.1

Normas de Reclutamiento

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Cite as Reglamento Núm. 4790, Art. 9-9.1

El Secretario será responsable del desarrollo y la implantación de las normas de reclutamiento que propendan a atraer y retener en el servicio público los mejores recursos humanos disponibles para cada clase de puesto comprendida en el Plan de Clasificación de puestos del Servicio de Carrera. Las normas de reclutamiento establecerán los requisitos para el reclutamiento a base de los contenidos en las especificaciones de clases. Los requisitos deberán estar directamente relacionados con las funciones de los puestos. Dichos requisitos tomarán en consideración la información que hubiere disponible sobre el mercado de empleo y los recursos humanos. Las normas de reclutamiento prescribirán la clase o las clases de exámenes y el tipo o los tipos de competencia que fueren recomendables en cada caso. Estas normas de reclutamiento se revisarán periódicamente para atemperarlas a los cambios que ocurrieran.
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