Regl. 4791, art. 10-10.2
Medidas Correctivas
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Cite as Reglamento Núm. 4791, Art. 10-10.2
Se tomarán las medidas correctivas necesarias cuando la
conducta de un empleado no se ajuste a las normas establecidas.
Entre otras medidas se podrán considerar la amonestación verbal,
las reprimendas escritas o la remoción del empleado de su puesto.
Serán motivo de acción disciplinaria contra el empleado entre otras
las siguientes:
1. Aceptar regalos, donativos o cualquier otra recompensa
por labor realizada como empleado de este Departamento,
a excepción de aquellas autorizadas por ley.
2.
Utilizar su posición oficial para fines polÃticos
partidistas o para fines no compatibles con el servicio
público;
3.
Realizar funciones o tareas que conlleven conflicto de
intereses con sus obligaciones como empleado de este
Departamento;
4.
Observar conducta incorrecta o lesiva del buen nombre del
Departamento o al gobierno de Puerto Rico;
5.
Incurrir en prevaricación, soborno o conducta inmoral;
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6.
Realizar acto alguno que impida la aplicación de este
Reglamento y las reglas adoptadas de conformidad con el
mismo, ni hacer o aceptar a sabiendas, declaración,
certificación o informe falso en relación con cualquier
materia cubierta por este Reglamento.
7.
Dar, pagar, ofrecer, solicitar o aceptar directa o
indirectamente dinero, servicios, o cualquier otro valor
por o a cambio de una elegibilidad, nombramiento, ascenso
u otras acciones de personal;
8.
Realizar o haber intentado realizar engaño o fraude en la
información sometida en cualquier documento requerido;
9.
Infrigir cualquiera de las disposiciones de la Ley Número
12 del 14 de julio de 1985, Ley de Etica Gubernamental
especÃficamente lo dispuesto en el CapÃtulo III, Código
de Etica para los Funcionarios y Empleados de la Rama
Ejecutiva.
10. Faltar a cualquiera de los deberes y obligaciones
dispuestos en la Sección 10.1 de este Reglamento.
Se establecerán mediante reglamentación interna las reglas de
conducta de los empleados en armonÃa con las disposiciones de esta
sección y las acciones disciplinarias aplicables a las infracciones
a dichas reglas de conducta. Se orientará a los empleados sobre la
referida reglamentación al momento de éstos tomar posesión de sus
puestos.
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