Regl. 4791, art. 10-10.2

Medidas Correctivas

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Cite as Reglamento Núm. 4791, Art. 10-10.2

Se tomarán las medidas correctivas necesarias cuando la conducta de un empleado no se ajuste a las normas establecidas. Entre otras medidas se podrán considerar la amonestación verbal, las reprimendas escritas o la remoción del empleado de su puesto. Serán motivo de acción disciplinaria contra el empleado entre otras las siguientes: 1. Aceptar regalos, donativos o cualquier otra recompensa por labor realizada como empleado de este Departamento, a excepción de aquellas autorizadas por ley. 2. Utilizar su posición oficial para fines políticos partidistas o para fines no compatibles con el servicio público; 3. Realizar funciones o tareas que conlleven conflicto de intereses con sus obligaciones como empleado de este Departamento; 4. Observar conducta incorrecta o lesiva del buen nombre del Departamento o al gobierno de Puerto Rico; 5. Incurrir en prevaricación, soborno o conducta inmoral; 25 6. Realizar acto alguno que impida la aplicación de este Reglamento y las reglas adoptadas de conformidad con el mismo, ni hacer o aceptar a sabiendas, declaración, certificación o informe falso en relación con cualquier materia cubierta por este Reglamento. 7. Dar, pagar, ofrecer, solicitar o aceptar directa o indirectamente dinero, servicios, o cualquier otro valor por o a cambio de una elegibilidad, nombramiento, ascenso u otras acciones de personal; 8. Realizar o haber intentado realizar engaño o fraude en la información sometida en cualquier documento requerido; 9. Infrigir cualquiera de las disposiciones de la Ley Número 12 del 14 de julio de 1985, Ley de Etica Gubernamental específicamente lo dispuesto en el Capítulo III, Código de Etica para los Funcionarios y Empleados de la Rama Ejecutiva. 10. Faltar a cualquiera de los deberes y obligaciones dispuestos en la Sección 10.1 de este Reglamento. Se establecerán mediante reglamentación interna las reglas de conducta de los empleados en armonía con las disposiciones de esta sección y las acciones disciplinarias aplicables a las infracciones a dichas reglas de conducta. Se orientará a los empleados sobre la referida reglamentación al momento de éstos tomar posesión de sus puestos. 26
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