Regl. 4791, art. 15
EXPEDIENTES DE EMPLEADOS
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Cite as Reglamento Núm. 4791, Art. 15
Los expedientes de los empleados deberán reflejar el historial
completo de éstos desde la fecha de su ingreso original al servicio
público hasta el momento de su separación definitiva. El
Departamento será responsable de la conservación, custodia y
mantenimiento de los expedientes de los empleados.