Regl. 4791, art. 7-7.3 dup2
Agrupación de los Puestos en el Plan de
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Cite as Reglamento Núm. 4791, Art. 7-7.3 dup2
Clasificación
Se agrupará en clases todos los puestos que sean igual o
sustancialmente similares en cuanto a la naturaleza y complejidad
de los deberes, y al grado de autoridad y responsabilidad asignados
a los mismos.
Cada clase de puesto será designada con un tÃtulo corto, que
sea descriptivo de la naturaleza, y el nivel de complejidad y
responsabilidad del trabajo requerido. Dicho tÃtulo se utilizará
en el trámite de toda transacción o acción de personal, presupuesto
y finanzas, asà como en todo asunto oficial en que esté involucrado
el puesto. Este será el tÃtulo oficial del puesto.
El Secretario podrá, además, designar cada puesto con un
tÃtulo funcional de acuerdo con sus deberes y responsabilidades O
su posición dentro de la organización del Departamento. Este
tÃtulo funcional podrá ser utilizado para la
identificación del puesto en los asuntos administrativos de
personal que se tramiten a nivel agencial. Bajo ninguna
circunstancia el tÃtulo funcional sustituirá el tÃtulo oficial en
el trámite de asuntos de personal, presupuesto y finanzas.