Regl. 4791, art. 7-7.8
Cambios de Deberes, Responsabilidades o Autoridad
Length: 53 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4791, Art. 7-7.8
El Secretario, en el uso de su discreción, podrá disponer
cambios en los deberes, responsabilidades o autoridad de los
puestos cuando lo estime necesario o conveniente, sin que esto
conlleve necesariamente la reclasificación del puesto. En estos
casos lo nuevos deberes, autoridad y responsabilidad deberán ser
afines con la clasificación del puesto afectado.