Regl. 4791, art. 8-8.2 dup2
Verificación de Requisitos, Examen Médico y
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Cite as Reglamento Núm. 4791, Art. 8-8.2 dup2
Juramento de Fidelidad
1.
El Departamento será responsable de verificar que los
candidatos seleccionados reúnan lo requisitos que se
consideren imprescindibles para el adecuado desempeño de
las funciones correspondientes a los puestos en los
cuales habrán de ser nombrados y las condiciones
generales de ingreso al servicio público. Además, se
verificará que el candidato reúna los requisitos de
licencia o colegiación que le sean requeridos para
ejercer la profesión u ocupación correspondiente al
puesto en el que habrá de ser nombrado.
2.
Será motivo para la cancelación de cualquier selección de
un candidato el no presentar la evidencia requerida o no
llenar los requisitos a base de la evidencia presentada.
3.
Se requerirá evidencia expedida por un médico debidamente
autorizado a practicar su profesión en Puerto Rico o
Estados Unidos demostrativa de que la persona
seleccionada para ingresar al servicio público está
fÃsica y mentalmente capacitada para ejercer las
funciones del puesto. Esta evidencia podrá requerirse,
además, cuando se considere necesario o conveniente al
servicio en casos de ascensos, traslados o descensos.
4. Se determinará el tipo de examen médico que se requerirá
en cada situación particular para ingreso al servicio.
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No se discriminará contra personas incapacitadas cuya
condición no les impide desempeñar ciertos puestos.
5.
Se requerirá que toda persona a quien se ha de nombrar
para ingreso al servicio público radique su acta de
nacimiento o, en su defecto, un documento equivalente
legalmente válido que acredite que es ciudadano de
Estados Unidos o que está autorizado legalmente a
trabajar en Estados Unidos.
6. Toda persona a quien se extienda nombramiento para
ingreso al servicio público en el Departamento deberá
prestar como requisito de empleo, el Juramento de
Fidelidad y Toma de Posesión requerido por la Ley Núm. 14
del 24 de julio de 1952.
7.
Toda persona a quien se le extienda nombramiento deberá
completar el Formulario I-9 del Servicio de Inmigración
y Naturalización de los Estados Unidos.