Regl. 4791, art. 9
ASCENSOS, TRASLADOS Y DESCENSOS
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Cite as Reglamento Núm. 4791, Art. 9
Con el propósito de lograr la efectiva utilización de los
recursos humanos, el Secretario del Departamento podrá ascender,
trasladar o descender a los empleados de un puesto a otro dentro
del servicio de confianza.