Regl. 4792, art. VI
SUBASTA INFORMAL
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Cite as Reglamento Núm. 4792, Art. VI
A. Invitación a Licitadores
1. En los casos de Subasta Informal se prepararán listas
de Licitadores para cada renglón en particular.
2. Las siguientes normas establecen el mÃnimo de
Licitadores requeridos para cada compra, sin que por
ello quede limitada la participación de un número
mayor:
a. Para las compras por Licitación Verbal deberán
solicitarse por lo menos tres (3) cotizaciones.
Cuando la compra exceda de $250, el Licitador a
quién se le adjudique la misma deberá confirmar
por escrito su oferta previo a la adjudicación de
la misma.
b. Para las compras por licitación escrita deberán
solicitarse por lo menos tres (3) cotizaciones.
3. En aquellos casos en que no se obtenga el número
mÃnimo de cotizaciones, deberá explicarse las razones
para ello.
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4. La adjudicación de las Subastas Informarles requerirá
la aprobación del Secretario Auxiliar de
Administración o su representante autorizado, previo
a la emisión de la Orden de Compra.