Regl. 4796, art. 6.01
En caso de que un medallón fuese
Length: 55 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4796, Art. 6.01
gravado y el tenedor no pudiere cumplir con la obligación
contraída, el acreedor 0 institución financiera podrá sacar
el medallón a pública subasta, previa notificación por
correo certificado con acuse de recibo, al tenedor y a la
Comisión, con no menos de cuarenta y cinco (45) días de
anticipación a la fecha de la subasta.