Regl. 4796, art. 6.01

En caso de que un medallón fuese

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Cite as Reglamento Núm. 4796, Art. 6.01

gravado y el tenedor no pudiere cumplir con la obligación contraída, el acreedor 0 institución financiera podrá sacar el medallón a pública subasta, previa notificación por correo certificado con acuse de recibo, al tenedor y a la Comisión, con no menos de cuarenta y cinco (45) días de anticipación a la fecha de la subasta.
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