Regl. 4796, art. 7.04
En caso de que en la primera subasta no
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Cite as Reglamento Núm. 4796, Art. 7.04
haya adjudicación alguna, el medallón podrá se subastado
hasta dos (2) veces más siguiendo en cada ocasión el
procedimiento de notificación y aviso dispuesto en este
reglamento. En caso de que a la tercera subasta no
comparezca ninguna de las personas que figuran en el
Registro de Elegibles, o habiendo comparecido alguna no
hubiere podido satisfacer el monto de la subasta, el
representante de la Comision autorizará la adjudicación del
medallón al mejor postor.