Regl. 4796, art. 7.04

En caso de que en la primera subasta no

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Cite as Reglamento Núm. 4796, Art. 7.04

haya adjudicación alguna, el medallón podrá se subastado hasta dos (2) veces más siguiendo en cada ocasión el procedimiento de notificación y aviso dispuesto en este reglamento. En caso de que a la tercera subasta no comparezca ninguna de las personas que figuran en el Registro de Elegibles, o habiendo comparecido alguna no hubiere podido satisfacer el monto de la subasta, el representante de la Comision autorizará la adjudicación del medallón al mejor postor.
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