Regl. 4803, art. 9
Distribución Gratuita de Publicaciones,
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Cite as Reglamento Núm. 4803, Art. 9
Documentos o Estudios
A. El Director o su representante autorizado podrá
distribuir copias de las publicaciones o documentos
propiedad de la Compañía libre de pago de derechos
a cualquier Agencia, Universidad, Escuelas Públicas
o Privadas o persona, cuando tal difusión, sea
necesaria para:
1. Fomentar el desarrollo de los programas de
la Compañía.
2. Propiciar los objetivos de la Ley Núm. 10
de 18 de junio de 1970, según enmendada.
B. Los siguientes criterios servirán de guía para
regir la distribución gratuita de las publicaciones
y documentos de la Compañía:
1. Divulgación pública de documentos oficiales
como prensa y otros medios de comunicación.
2. A toda persona, grupo de personas o entidad
privada que por encomienda expresa del Primer
Ejecutivo requiera una publicación O documento
para cumplir con la misma.
3.
Bibliotecas de Escuelas Públicas o
Privadas, siempre que medie una solicitud y
justificación por escrito.
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4. Estudiantes de Instituciones Educativas
cuyas bibliotecas no cuenten con las
publicaciones o estudios que sean necesarios
para la realización de un estudio o
investigación especial requerídales y que no
tienen recursos económicos suficientes para
adquirirlos. En tales casos, deberá presentar
evidencia escrita de fecha reciente de la
necesidad de la publicación o estudio.
5. Todo empleado o funcionario de la Compañía
que requiera de una publicación o documento
para el desarrollo de los programas o proyectos
de la Compañía.
6. Visitantes y dignatarios gubernamentales de
otros países que nos visiten con el propósito
de conocer la obra de gobierno.
7. Personas o grupos de personas que acudan a
entrevistas con el Director y muestren interés
o necesidad por conocer los documentos y/o
publicaciones de la Compañía. Esto se hará
sólo cuando medie la autorización expresa del
Director, los Subdirectores Ejecutivos o el
Director Auxiliar de Finanzas y Presupuesto.
C. Toda solicitud será sometida por escrito.
Deberá contener las debidas justificaciones de la
necesidad de la publicación O documento solicitado.