Regl. 481, art. 1-2 dup2
Un resguardo provisional podrá renovarse a su vencimiento
Cite as Reglamento Núm. 481, Art. 1-2 dup2
con excepción de los resguardos provisionales orales pero en ningún caso
se extenderán resguardos provisionales, la suma de cuyos periodos, incluyendo el perľodo del resguardo provisional original, pueda extenderse
más allá de noventa dÃas.