Regl. 481, art. 1 dup3
La duración de los resguardos provisionales estará limitada
Cite as Reglamento Núm. 481, Art. 1 dup3
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en la forma siguiente:
(a) Los resguardos provisionales escritos tendrán una duración
máxima de treinta dÃas,
(b) Los resguardos provisionales orales tendrán una duración
máxima de cinco dÃas.
En ambos casos el perÃodo de duración incluye dÃas ferÃados.