Regl. 481, art. III-2

-Se celebrarán exámenes para corredores y ajustadores el último

Last amended: 1957Length: 113 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 481, Art. III-2

viernes de cada mes o si dicho viernes fuese día festivo el último día laborable del mes. Los exámenes para agentes y solicitadores se celebrarán el último sábado de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. El Comisionado podrá mediante aviso oportuno cambiar la fecha de estos exámenes. Los aspirantes a licencias serán notificados por escrito de la fecha, hora y sitio del examen. Solamente se citarán a examen aquellos aspirantes a licencia que hayan solicitado formalmente en el formulario de solicitud correspondiente, debidamente cumplimentado, con por lo menos dos semanas de anticipación a la fecha en que se celebre el examen y que de otro modo califiquen para la licencia que solicitan.
Regl. 481, art. III-2: -Se celebrarán exámenes para corredores y ajustadores el último | Justis AI