Regl. 481, art. VIII-1
-A ninguna persona se le expedirán licencias en más de una de las
Cite as Reglamento Núm. 481, Art. VIII-1
siguientes clasificaciones: Corredor, Agente, Solicitador, Agente General,
Ajustador Público y Ajustador Independiente excepto que a un Agente se le
podrá expedir licencia de Agente General y viceversa.
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LIBROS DE CONTABILIDAD, REGISTROS Y DOCUMENTOS